Cambios ley hipotecaria

Muy buenas a tod@s!!!

Ya es sonado que, desde el pasado 16 de junio, ha entrado finalmente en acción los cambios en la ley hipotecaria. 

Tras varios intentos y debates sobre las modificaciones a realizar, y cerca de 3 años de retraso en conseguir una nueva ley hipotecaria exigida por la Comisión Europea, este pasado lunes entraba en vigor la actualización de ley BOE-A-1946-2453, que fue publicada en el BOE el 16 de marzo de este año.

Si tienes interés, la puedes leer al completo en el link: https://www.boe.es/buscar/pdf/1946/BOE-A-1946-2453-consolidado.pdf
Pero hoy hacemos esta publicación para resaltar los 5 principales puntos que cualquier persona que tenga que tramitar una hipoteca a partir de esta fecha, necesita conocer para que no haya imprevistos innecesarios de última hora.

1-> Lo primero es que los gastos de constitución de la hipoteca, van a correr a cargo, de forma definitiva y no negociable, de la entidad bancaria con la que se esté contratando la financiación. Esto es, que el banco tendrá que hacerse cargo de los gastos de gestoría, los aranceles notariales de escritura, la inscripción en el Registro de la Propiedad y los IAJD. El cliente así, podrá ahorrarse de media uno 2.000€, aunque tendrá que seguir haciéndose cargo de la tasación (aunque hay algunas entidades que están pagando también este gasto) y las segundas copias del notario que se quieran solicitar.

2-> Otro cambio importante, es que las entidades bancarias deberán aportar toda la información relativa al préstamo de forma telemática, con un sistema homologado por la nueva ley, con un tiempo de carencia de adaptación de los soportes técnicos de las notarías que no están preparadas.

3-> Una de las cosas que más descoloca es que a partir de este lunes, el/los cliente/s deberán pasar por la notaría 2 veces, ya que el notario toma el papel de asesor y tras explicar todos los gastos, intereses, vinculaciones y demás, debe dar fe que todo está conforme a ley y que se han comprendido todos los puntos de la hipoteca a firmar, AL MENOS 10 días antes de la firma de la escritura de compra-venta. Es decir, si firmamos la escritura el día 31, el solicitante de la hipoteca deberá pasar por la notaría como mínimo hoy 21 para "pasar la prueba" de que ha comprendido bien lo que va a firmar.

4-> Se reestructuran las comisiones por las amortizaciones anticipadas del capital pendiente, quedando una comisión máxima del 0,25% si se hace en los 3 primero años, del 0,15% si se hace entre el 3 y 5 año, y del CERO% en los siguientes años.

5-> Y lo último que queremos destacar es el tema de las vinculaciones de la hipoteca ya que, aunque es obligatorio adquirir un seguro de vida y otro de hogar en los que la entidad bancaria prestataria sea el beneficiario, no puede obligar a que sea con la entidad con la que ellos trabajen, sino que podemos aportarlos de la aseguradora que convenga mejor al cliente. Si bien es cierto, que puede entrar en juego una ventaja en el interés por hacerlo con ellos.

Terminamos este post, recordando que nuestros agentes de RE/MAX Lodonar, están preparados e informados para poder asesorar en todo lo que ello conlleva, así como que podrán acompañaros en todo el proceso para poder encontrar la financiación que más se ajuste a vuestras necesidades, sin que haya sustos y siempre informados de los pasos a seguir en todo el proceso.

Que tengáis buen día!!


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